Los sujetos obligados deben asegurarse de que sus empleados conocen las exigencias derivadas de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo y de la financiación del terrorismo.
La ley establece que el órgano de control interno debe aprobar un plan anual de formación, y que debe quedar acreditada la participación de los empleados en cursos de formación. La ley no obliga a que esos cursos deban contratarse externamente, tampoco especifica quién debe impartir esos cursos ni establece criterios de homologación o validación de programas de formación.